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¿Sabías que puedes recuperar el IVA si compraste un vehículo eléctrico o híbrido en Colombia?

  • Writer: Diego  Ramirez
    Diego Ramirez
  • Mar 16
  • 2 min read

En Colombia, la legislación ha establecido diversos incentivos tributarios para promover la movilidad sostenible y la transición hacia tecnologías de transporte más limpias. Sin embargo, muchas personas desconocen que si compraron un vehículo eléctrico o híbrido y pagaron IVA al concesionario, existe la posibilidad de recuperar ese impuesto ante la DIAN.

Este beneficio forma parte de las medidas adoptadas para fomentar el uso de tecnologías más eficientes desde el punto de vista energético y ambiental.


¿Por qué es posible recuperar el IVA?


La normativa colombiana contempla beneficios tributarios para proyectos de eficiencia energética y movilidad sostenible, entre los cuales se encuentra la adquisición de vehículos eléctricos o híbridos.

Cuando el proyecto es debidamente estructurado y certificado por la autoridad competente, el propietario puede solicitar la aplicación de incentivos fiscales, que incluyen:

  • Recuperación del IVA pagado en la compra del vehículo.

  • Beneficios tributarios en la declaración de renta.

  • Reconocimiento del proyecto dentro de iniciativas de movilidad sostenible y eficiencia energética.

Para acceder a estos beneficios, es necesario obtener previamente el certificado del proyecto emitido por la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) y posteriormente aplicar el beneficio ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).


¿Qué pasa si ya pagaste el IVA al concesionario?


En muchos casos, el concesionario factura el vehículo incluyendo el IVA, ya que el beneficio no se aplica directamente en el momento de la compra.

Esto no significa que el beneficio se pierda.

Una vez obtenido el certificado correspondiente y cumplidos los requisitos técnicos y tributarios, es posible solicitar ante la DIAN la devolución o aplicación del IVA pagado, según corresponda.


¿Aplica incluso si ya no tienes el vehículo?


Sí. Este es uno de los aspectos menos conocidos.

El beneficio puede aplicar incluso si el propietario ya no cuenta con el vehículo, siempre que se cumplan ciertas condiciones, entre ellas:

  • Haber sido el comprador original del vehículo.

  • Contar con los documentos que acrediten la compra.

  • Estructurar correctamente el proyecto ante la autoridad competente.

  • Cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Esto significa que muchas personas que compraron un vehículo eléctrico o híbrido en los últimos años podrían tener derecho a recuperar el IVA pagado, aun cuando el vehículo haya sido vendido posteriormente.


La importancia de una correcta estructuración del proyecto


El acceso a estos beneficios no depende únicamente de haber comprado el vehículo. Es necesario realizar una estructuración técnica, energética y tributaria adecuada, que permita demostrar el cumplimiento de los criterios exigidos por las autoridades.

En muchos casos, las solicitudes pueden recibir requerimientos técnicos adicionales, por lo que el acompañamiento especializado resulta fundamental para llevar el proceso hasta su finalización.


Ecojurídica: acompañamiento especializado


En Ecojurídica somos especialistas en la estructuración técnica, jurídica y tributaria de proyectos de movilidad sostenible.

Acompañamos a nuestros clientes en todo el proceso:

  • Estructuración del proyecto.

  • Trámite del certificado ante la UPME.

  • Asesoría tributaria para la aplicación de los beneficios ante la DIAN.

Nuestro objetivo es que el cliente pueda acceder efectivamente a los beneficios tributarios contemplados en la legislación colombiana.



📩 Si compraste un vehículo eléctrico o híbrido y quieres saber si puedes recuperar el IVA, contáctanos y evaluamos tu caso.

 
 
 

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